Exhumaciones.

Dependencia: Jefatura de Cementerios Municipales.

Costo

02 UMAS+10% DE CONTRIBUCIÓN ADICIONAL.

Tiempo de respuesta

01 día.

Vigencia del trámite

02 días

Horario de atención:

Lunes a Viernes de 8:30 am a 16:00 hrs.
Telefono: 271 712 1806 ext N/A

Descripción del trámite o servicio

El servicio de exhumación se da cuando el titular de los derechos de una fosa solicita se exhumen los restos áridos de su familiar para cremarlos o reinhumarlos en otro sitio, o en su caso, las autoridades lo soliciten para efectos legales.

Descripción de los casos en que debe o puede realizar el trámite o servicio

A solicitud del titular de derechos de la fosa que solicite la extracción de los restos de un cadáver o sus cenizas del lugar donde primariamente fueron inhumados, siempre y cuando transcurra el tiempo mínimo que establece la Secretaría de salud que son siete años, o en su caso, a solicitud de un mandato judicial

Plazo con el que se cuenta para prevenir al solicitante y plazo para cumplir con la prevención.

02 días hábiles, para ambos casos.

Requisitos del tramite:

  • 1.- Último certificado de temporalidad, expedido por la Jefatura de Cementerios.
  • 2.- Copia simple del INE del titular de los derechos, en la cual establezca la leyenda que autoriza se realice la exhumación de los restos, con su firma autógrafa.
  • 3.- Acta de defunción de los restos que serán exhumados.
  • 4.- Original del permiso de exhumación de restos, expedido por las oficinas de Registro Civil, el cual consiste en la autorización que se le brinda a la Jefatura de Cementerios, para llevar a cabo dicha acción.
  • 5.- El pago de los impuestos por el servicio de excavación y exhumación.

Criterios de resolución del trámite o servicio

En caso de que se trate de exhumaciones prematuras (antes de los siete años): solo se podrán realizar por medio de una orden de la autoridad judicial o de la autoridad sanitaria competente, en caso de que sea una exhumación después de los 7 años, el titular deberá presentarse a las oficinas de cementerios con la documentación requerida.

Fundamento Jurídico

Artículos 36, 37 Y 38, del Reglamento de Cementerios para el municipio de Córdoba, Veracruz, y; Articulo 229 y 230, fracción VII, del Código Hacendario para el municipio de Córdoba, Veracruz.

¿El trámite requiere inspección o verificación?

N/A

Nombre y cargo del responsable de la información

Lic. María Isabel González Figueroa, Jefatura de Cementerios Municipales

Información adicional del trámite

N/A

Información para consultas

Calle 9, Avenida. 43 Y 45, S/N, Col Paraíso, córdoba, Ver

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