Constancia de terminación de obra.

Dependencia: Jefatura de permisos y licencias

Costo

04-08 UMAS. Depende de la obra (Habitacional o Comercial) que se construya.

Tiempo de respuesta

05 días hábiles.

Vigencia del trámite

N/A

Horario de atención:

Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 hrs.
Telefono: 271 71 7 17 00 ext Ext. 1770

Descripción del trámite o servicio

Es el trámite que solicita una persona física o moral para obtener documento por el cual la dirección hace constatar de manera fehaciente que una obra ha sido construida y concluida en tiempo y forma de acuerdo a la autorización expedida..

Descripción de los casos en que debe o puede realizar el trámite o servicio

Se realiza a partir de la conclusión de una obra de construcción ejecutada en un predio, el propietario debe solicitar la constancia de terminación de obra total o parcial para que el Ayuntamiento corrobore la construcción de la misma, verificando que se hayan respetado los planos autorizados por el Ayuntamiento.

Plazo con el que se cuenta para prevenir al solicitante y plazo para cumplir con la prevención.

Inmediato, para ambos casos.

Requisitos del tramite:

  • 1.- Presentar debidamente requisitado el formato en original, de solicitud de trámite, expedido por la Jefatura de Permisos y Licencias.
  • 2.- 01 Copia simple de la licencia de construcción autorizada.
  • 3.- 01 Copia simple de los planos autorizados por el Ayuntamiento.
  • 4.- 01 Copia simple del predial actualizado.
  • 5.- 02 fotografías impresas de la obra terminada (Color o Blanco y Negro).
  • (En caso de no ser el propietario de la obra, traer carta poder simple firmada por otorgante, quien recibe el poder y 2 testigos, adjuntando las identificaciones oficiales de las cuatro personas).

Formatos para descargar


Criterios de resolución del trámite o servicio

Revisión y recepción de los documentos que marca el Reglamento de la Ley de Construcciones Públicas y Privadas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Fundamento Jurídico

Artículos 33, 34 y 35, de la Ley que Regula las Construcciones Públicas y Privadas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; Artículo 4, 8, inciso J), de la Ley de Desarrollo Urbano Ordenamiento Territorial y Vivienda para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y; Articulo 12, 169, 183, 184 y 186, del Código Hacendario para el Municipio de Córdoba, Veracruz.

¿El trámite requiere inspección o verificación?

Si requiere, ya que se hace constar que la construcción es 100% habitable.

Nombre y cargo del responsable de la información

Arq. Rafael Jácome Salazar, Jefe de Permisos y Licencias

Información adicional del trámite

Se revisa que la documentación se encuentre completa, para posteriormente asignarle una fecha para la visita de la obra.

Información para consultas

Avenida 3, calle 1 y 3, Colonia Centro, Córdoba, Veracruz.

  • Horario de atención:  Lunes a Viernes de 9:00 am a 15:00 hrs.
  • Teléfonos:  271 71 7 17 00
  • Email:  licenciascordoba22@gmail.com