Costo
04- 25 UMAS. Depende de los M2 y de la categoría del predio.
Tiempo de respuesta
05 días hábiles.
Vigencia del trámite
01 Año
Horario de atención:
Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 hrs.
Telefono: 271 71 7 17 00 ext Ext. 1770
Descripción del trámite o servicio
Es el trámite que realizan personas físicas o morales cuando requieren la autorización que otorga la dirección a los propietarios o poseedores de una edificación para llevar a cabo el acto de derribar o derrumbar una construcción existente..
Descripción de los casos en que debe o puede realizar el trámite o servicio
Cuando el solicitante requiera en consecuencia de la ejecución de obra nueva y/o reposición de la estructura, la demolición total o parcial de un inmueble construido.
Plazo con el que se cuenta para prevenir al solicitante y plazo para cumplir con la prevención.
Inmediato, para ambos casos.
Requisitos del tramite:
- 1.- Presentar debidamente requisitado el formato, en original, de la Solicitud de Constancia de Licencia única de Construcción, expedida por la Jefatura de Permisos y Licencias.
- 2.- 01 Copia simple de identificación oficial vigente con fotografía.
- 3.- 01 Copia simple de escritura pública del inmueble.
- 4.- 01 Copia simple de pago de predial y limpia pública, actualizado.
- 5.- 02 Fotografías del predio (Blanco y negro).
- 6.- 01 Croquis de localización
- 7.- Factibilidad de Protección Civil, expedida por Protección Civil Municipal.
- 8.- Planos Arquitectónicos firmados por un Director Responsable de Obra. Se deben de enviar los planos en formato .Dwg (AutoCAD) al correo electrónico; para revisión previo a la impresión.
- 9.- Una copia simple de pago de derechos, expedido por Tesorería.
- (En caso de no ser el propietario de la obra, presentar carta poder simple firmada por otorgante, quien recibe el poder y 2 testigos, adjuntando las identificaciones oficiales de las cuatro personas)
Criterios de resolución del trámite o servicio
Previa recepción y revisión de los requisitos.
Fundamento Jurídico
Artículo 121, 122, 123 y 124, de la Ley que regula las construcciones públicas y privadas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;
Artículo 60, fracción IV, 61, inciso III), del Reglamento de la Ley que regula las Construcciones Públicas y Privadas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave,
Artículo 78, del Reglamento de la Administración Pública Municipal;
Artículo 209 y 212, inciso e), del Código Hacendario para el Municipio de Córdoba.
¿El trámite requiere inspección o verificación?
N/A
Nombre y cargo del responsable de la información
Arq. Rafael Jácome Salazar, Jefe de Permisos y Licencias
Información adicional del trámite
N/A
Información para consultas
Avenida 3, calle 1 y 3, Colonia Centro, Córdoba, Veracruz.
- Horario de atención: Lunes a Viernes de 9:00 am a 15:00 hrs.
- Teléfonos: 271 71 7 17 00
- Email: licenciascordoba22@gmail.com