Permiso de construcción de bardas.

Dependencia: Jefatura de permisos y licencias

Costo

0-16 UMAS. Por metro lineal o fracción, dependiendo de la categoría del predio.

Tiempo de respuesta

05 días hábiles.

Vigencia del trámite

01 Año

Horario de atención:

Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 hrs.
Telefono: 271 71 7 17 00 ext Ext. 1770

Descripción del trámite o servicio

Es el trámite que realiza una persona física o moral, cuando requiere de la autorización por parte del H. Ayuntamiento, específicamente para la construcción y regularización de bardas, de hasta 1.90 metros de altura, desde el nivel de terreno natural, que no resistan empuje de tierras..

Descripción de los casos en que debe o puede realizar el trámite o servicio

Se solicita el permiso para la construcción de una barda o cerca, para delimitar el perímetro de un predio.

Plazo con el que se cuenta para prevenir al solicitante y plazo para cumplir con la prevención.

Inmediato, para ambos casos.

Requisitos del tramite:

  • 1.- Presentar debidamente requisitado el formato de Solicitud de Constancia de Licencia única de Construcción, expedida por la jefatura de permisos y licencias, en Original.
  • 2.- 01 Copia simple de identificación oficial vigente con fotografía.
  • 3.- 01 Copia simple de escritura pública del inmueble.
  • 4.- 01 Copia simple del recibo de pago de predial y limpia pública (Actualizado).
  • 5.- 02 Fotografías del predio (color o blanco y negro).
  • 6.- 01 Croquis de localización del predio.
  • 7.- 01 Copia del Alineamiento (en caso de que sea lote baldío y no cuente con construcciones aledañas)
  • 8.- Croquis arquitectónico indicando materiales y dimensiones.
  • (En caso de no ser el propietario, se deberá anexar carta poder simple firmada por otorgante, quien recibe el poder y dos testigos, adjuntando las Identificaciones Oficiales de las cuatro personas.)

Formatos para descargar


Criterios de resolución del trámite o servicio

Previo recepción y revisión de los requisitos.

Fundamento Jurídico

Artículo 60, 61, fracción V), del Reglamento de la Ley que regula las Construcciones Públicas y Privadas del Estado de Veracruz. Artículo 212, fracción III, inciso a), del Código Hacendario Municipal.

¿El trámite requiere inspección o verificación?

Requiere de inspección cuando el predio esta como lote baldío y no cuenta con construcciones existentes aledañas.

Nombre y cargo del responsable de la información

Arq. Rafael Jácome Salazar, Jefe de Permisos y Licencias

Información adicional del trámite

N/A

Información para consultas

Avenida 3, calle 1 y 3, Colonia Centro, Córdoba, Veracruz.

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  • Teléfonos:  271 71 7 17 00
  • Email:  licenciascordoba22@gmail.com